Charlie Magri, el Dr. Ted R. Bromund y Sandra Grossman han publicado un nuevo artículo en la revista International Enforcement Law Reporter (IELR) sobre las reformas aprobadas por la Asamblea General de INTERPOL en Marrakech (del 24 al 27 de noviembre de 2025). Bajo el título «INTERPOL adopta cambios en los estatutos de la CCF y las normas sobre el tratamiento de datos», el artículo analiza una pequeña modificación de las Normas sobre el Tratamiento de Datos (RPD) y una serie de revisiones de los Estatutos de la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL (Estatutos de la CCF) que tienen implicaciones directas para la práctica de la CCF.

En lo que respecta al RPD, la Asamblea General suprimió el artículo 94 sobre «Notificaciones de obras de arte robadas», reflejando el abandono prolongado de ese tipo de notificación tras el desarrollo de la base de datos de obras de arte de INTERPOL.

El artículo se centra principalmente en las enmiendas al Estatuto de la CCF, incluidos los cambios en los artículos 3, 19, 23, 25, 28 y 33. Analiza cómo las revisiones pueden afectar al acceso de la CCF a la información, a la confidencialidad por parte de la Secretaría General y a la capacidad de la Comisión para abordar conductas abusivas y denuncias de intimidación o represalias relacionadas con los procedimientos.

En particular, los autores analizan el artículo 33 revisado. Explican que los apartados 1 y 2 no son tan radicales como podrían parecer, ya que codifican en gran medida la secuencia operativa que se ha aplicado en la práctica durante varios años, incluida la consulta a la Secretaría General tras la admisibilidad y un nuevo plazo de notificación de 45 días. Según ustedes, la preocupación radica en la sección 3: la formalización de una norma de secuenciación que puede retrasar la actuación de la Sala de Solicitudes mientras la Secretaría General completa su propia evaluación de conformidad. El artículo destaca dos riesgos. Puede frenar las medidas urgentes en los casos en que se necesitan medidas provisionales y puede crear un limbo prolongado si los plazos legales dependen de una revisión interna sin un punto final estricto.