Servicios Jurídicos de INTERPOL / Eliminación de una notificación roja

Abogado especializado en la retirada de alertas rojas

Una «Red Notice» es una solicitud dirigida a las fuerzas del orden de todo el mundo para localizar y detener provisionalmente a una persona en espera de su extradición. En caso de que la solicitud subyacente incumpla los artículos 2 o 3 de la Constitución de INTERPOL, o las Normas sobre el tratamiento de datos, el Comité de Control de Fichas (CCF) puede ordenar su supresión.

Cada caso se basa en un conocimiento de primera mano sobre cómo se leen, se evalúan y se resuelven las solicitudes en la práctica. Las alegaciones se estructuran en torno a los argumentos más sólidos disponibles, con un historial fáctico claro y un anexo probatorio indexado.

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Modelo de notificación roja de INTERPOL
Definición

¿Qué es una notificación roja?

Una «Red Notice» es una solicitud que INTERPOL distribuye a las fuerzas del orden de todo el mundo a petición de un país miembro. En ella se pide a la policía que localice y detenga provisionalmente a una persona concreta a la espera de su extradición, entrega o cualquier otra medida judicial similar.

La Secretaría General de INTERPOL publica una notificación roja tras examinar la solicitud presentada por la Oficina Central Nacional (OCN) del país solicitante. La publicación está sujeta al cumplimiento de los Estatutos de INTERPOL y del Reglamento sobre el tratamiento de datos (RPD), que establecen los requisitos relativos a la finalidad, la base jurídica y la calidad de los datos.

Diferencia fundamental

Aviso rojo frente a orden de detención

Una notificación roja no es una orden de detención internacional. La propia INTERPOL no tiene competencia para detener a nadie. Cada país miembro decide de forma independiente si actúa en respuesta a una notificación roja, de conformidad con su legislación nacional y los tratados que le son aplicables. Sin embargo, en la práctica, muchas autoridades policiales consideran que una notificación roja constituye un motivo de detención, y las consecuencias prácticas pueden ser graves: detenciones en los pasos fronterizos, denegación de entrada, anulación de visados, congelación de activos y exclusión de las relaciones bancarias y comerciales.

Esta discrepancia entre el carácter jurídico de una notificación roja y sus efectos prácticos es un aspecto fundamental de nuestra labor. Una persona objeto de una notificación roja que incumpla las normas de INTERPOL se enfrenta a consecuencias reales, aunque la notificación no tenga fuerza jurídica vinculante.

Perfiles

Personas afectadas por las notificaciones rojas

Las notificaciones rojas afectan a un amplio abanico de personas. Los casos que gestionamos en Otherside suelen corresponder a los siguientes perfiles.

01
Perfil 01

Ejecutivos y empresarios

En relación con acusaciones derivadas de disputas comerciales, rupturas de empresas conjuntas o desacuerdos contractuales que han sido calificados como fraude, malversación o apropiación indebida en el país requirente.

02
Perfil 02

Personas políticamente expuestas

Personalidades de la oposición, antiguos funcionarios del Gobierno, activistas y periodistas que son blanco de Estados que utilizan los canales de INTERPOL para extender sus campañas políticas nacionales más allá de las fronteras.

03
Perfil 03

Refugiados y solicitantes de asilo

Personas a las que se les ha concedido protección internacional en un país, pero que siguen siendo objeto de una notificación roja emitida por el país del que huyeron. La Resolución de INTERPOL sobre los refugiados (GA-2017-86-RES-09) restringe la tramitación en estas circunstancias, pero su aplicación no es uniforme.

04
Perfil 04

Padres en litigios por la custodia

Cuando uno de los progenitores ha conseguido que se emita una notificación roja contra el otro por acusaciones penales de sustracción de menores, a menudo en paralelo con un procedimiento civil de custodia en otra jurisdicción.

05
Perfil 05

Ciudadanos de países con un Estado de derecho débil

Cuando el sistema de justicia penal carece de independencia, cuando las acusaciones son vagas o estereotipadas, o cuando los procedimientos se han llevado a cabo en ausencia del acusado sin la debida notificación o representación.

Fundamentos jurídicos

Motivos para la retirada de una notificación roja

Los Estatutos de INTERPOL y las Normas sobre el tratamiento de datos establecen condiciones estrictas para el registro y la conservación de datos en el sistema de información de INTERPOL. Una notificación roja debe cumplir estas normas tanto en su contenido como en su finalidad. En caso contrario, el Comité de Coordinación de Fichas (CCF) puede ordenar su supresión.

Planta baja 01

Artículo 3: Carácter político

El artículo 3 de los Estatutos de INTERPOL prohíbe las actividades de carácter predominantemente político. El CCF aplica un criterio de predominio, analizando si el caso obedece a auténticos objetivos de aplicación de la ley o a motivos políticos. Entre los indicadores se incluyen el enjuiciamiento de figuras de la oposición, la coincidencia temporal con acontecimientos políticos y la formulación de cargos en virtud de leyes de definición imprecisa. Hemos logrado la supresión y el bloqueo temporal en casos de motivación política procedentes de Irán, Catar y China.

Planta 02

Artículo 2: Derechos humanos

El artículo 2, apartado 1, exige que INTERPOL actúe conforme al espíritu de la Declaración Universal de Derechos Humanos. El CCF examina si los procedimientos subyacentes plantean motivos de grave preocupación: riesgos creíbles de tortura o trato inhumano, falta de independencia judicial, juicios en rebeldía sin notificación adecuada, confesiones obtenidas bajo coacción o trato discriminatorio por motivos de raza, nacionalidad, religión u opinión política.

Planta 03

Litigios comerciales o privados

Las notificaciones rojas no deben utilizarse para resolver desacuerdos comerciales de carácter privado. Sin embargo, esto ocurre con frecuencia. Una disputa contractual se convierte en una acusación de fraude. Una empresa conjunta fallida se convierte en malversación. El CCF ha sostenido sistemáticamente que los datos deben reflejar un auténtico propósito de aplicación de la ley. Conseguimos la supresión en un caso en el que el CCF consideró que las acusaciones se basaban en una disputa contractual comercial y carecían de una base penal clara. Ver los resultados del caso.

Planta 04

Calidad y precisión de los datos

El artículo 12 del Reglamento de Protección de Datos (RPD) exige que los datos contenidos en los ficheros de INTERPOL sean exactos, pertinentes y estén actualizados. Una notificación roja basada en información obsoleta, acusaciones vagas o una descripción insuficiente de la conducta imputada puede ser impugnada por motivos relacionados con la calidad de los datos. Este motivo suele alegarse junto con otros, y el Comité de Control de Ficheros (CCF) los examina conjuntamente a la hora de evaluar el cumplimiento general.

Planta 05

Vicios de forma

El RPD establece requisitos específicos para la publicación de notificaciones rojas, entre los que se incluyen cierta documentación judicial, una base jurídica clara y una descripción suficientemente precisa de la conducta imputada. Cuando el país solicitante no ha cumplido estos requisitos, la notificación puede ser objeto de impugnación.

Planta 06

Non bis in idem

Una notificación roja puede ser impugnada cuando la persona ya haya sido absuelta, cuando el caso haya sido desestimado definitivamente o cuando se haya cumplido la pena. La tramitación continuada de una notificación en estas circunstancias entra en conflicto con el principio de «non bis in idem» y con el requisito de que los datos sigan siendo pertinentes y necesarios.

Planta 07

Estado de protección

En el caso de las personas con estatuto de refugiado o de solicitante de asilo, el procedimiento de INTERPOL debe evaluarse a la luz de la Resolución de INTERPOL sobre los refugiados y de los principios generales de protección internacional.

Evaluación gratuita

Compruebe los motivos de expulsión con la herramienta de INTERPOL sobre motivos de expulsión.

Un breve cuestionario que analiza su situación a la luz de los fundamentos previstos en la Constitución de INTERPOL y la práctica publicada por el CCF. Es gratuito y confidencial, y le llevará unos tres minutos. No es necesario concertar una cita ni supone ningún compromiso.

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Proceso

Cómo funciona la eliminación de una alerta roja

Todos los procedimientos se tramitan ante la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL (CCF), el órgano independiente encargado de examinar las solicitudes individuales relativas a los datos contenidos en el sistema de información de INTERPOL.

01

Análisis del caso

Cada recurso contra una notificación roja comienza con un examen detallado de la notificación, del procedimiento subyacente y de toda la documentación disponible procedente del país solicitante. Evaluamos el cumplimiento de los Estatutos de INTERPOL y del Reglamento de Procedimiento y Defensa (RPD), identificamos los motivos aplicables para la supresión y examinamos la jurisprudencia pertinente del Comité de Control de Fichas (CCF).

Esta fase determina la estrategia para todo el caso. Los argumentos más sólidos se basan en un marco jurídico claro respaldado por pruebas, y no en el volumen de información ni en especulaciones.

02

Presentación de la solicitud de supresión

Todas las solicitudes se presentan ahora a través del portal en línea específico de la CCF. La solicitud identifica las normas concretas que se han infringido, expone los hechos y los argumentos jurídicos, y se acompaña de pruebas documentales: resoluciones judiciales, actas procesales, informes periciales, material sobre el contexto político y otros documentos pertinentes. Las Normas de Funcionamiento modificadas imponen requisitos de formato estrictos, entre los que se incluyen un límite de 10 páginas para el resumen de los argumentos y un máximo de 20 anexos. Se trata de condiciones de admisibilidad, no de directrices.

Trabajar dentro de estas limitaciones exige precisión y selectividad. Gracias a nuestros seis años de experiencia en la Secretaría de la CCF, conocemos el proceso de revisión interna, sabemos qué necesita la Sala de Solicitudes para evaluar un caso de manera eficiente y sabemos cómo estructurar un escrito que se ajuste al formato sin perder nada de su fuerza.

03

Procedimiento y plazos del CCF

Tras la presentación, el CCF examina la solicitud para determinar su admisibilidad. Una vez admitida, el CCF suele recabar las observaciones de la Oficina Central Nacional (OCN) del país solicitante y de la Secretaría General de INTERPOL.

De conformidad con el artículo 40 del Estatuto de la CCF, la Sala de Solicitudes dispone de nueve meses a partir de la fecha de admisibilidad para dictar una resolución sobre las solicitudes de supresión. Durante este período, supervisamos el procedimiento, respondemos a cualquier solicitud de la CCF y, cuando procede, presentamos alegaciones complementarias o pruebas actualizadas.

Plazo legal de nueve meses
04

Medidas cautelares

En casos urgentes, presentamos una solicitud de medidas provisionales con arreglo al artículo 37 del Estatuto de la CCF, junto con la solicitud principal de supresión o antes de esta. Si se concede, la CCF ordena el bloqueo temporal de la Notificación Roja mientras se examina la solicitud de supresión. El bloqueo suspende el acceso a los datos y limita la cooperación policial de INTERPOL, lo que proporciona protección inmediata frente a detenciones, extradiciones y restricciones de viaje.

El CCF podrá ordenar el bloqueo temporal cuando una notificación roja plantee un riesgo inmediato y su circulación continuada pueda causar un perjuicio irreparable, como una extradición inminente, una detención en curso o un conflicto con el estatuto de refugiado o de protección. Hemos conseguido el bloqueo temporal en casos relacionados con notificaciones rojas procedentes de Irán, Argentina, Catar y China.

05

La resolución del CCF

La Sala de Solicitudes emite una resolución por escrito. Si considera que la notificación roja incumple las normas de INTERPOL, ordena la supresión de los datos. A continuación, la Secretaría General de INTERPOL aplica la resolución y comunica la actualización a todos los países miembros.

Si se desestima la solicitud, el solicitante podrá presentar una solicitud de revisión con arreglo al artículo 42 de los Estatutos de la CCF, siempre que existan hechos relevantes recientemente descubiertos que no estuvieran disponibles durante la revisión inicial. Según el procedimiento actual del portal, las solicitudes de revisión comienzan con un resumen de dos páginas en el que se describen los nuevos hechos. La documentación completa y las pruebas justificativas solo se presentan si la CCF las solicita.

Resultados de los casos

Resultados seleccionados antes del CCF

Ver todos los resultados
Irán Eliminación

Conflicto comercial

Supresión ordenada por el CCF. Las acusaciones se basaban en un litigio contractual de carácter mercantil y carecían de una base penal clara o de un vínculo fundamentado con el solicitante. La extradición había sido denegada en Europa por motivos relacionados con los derechos humanos.

Irán Bloqueo

Artículo 3 (Política)

Se dictó una orden de bloqueo provisional. Posteriormente, una controversia comercial y financiera se trató como un delito contra la seguridad, con acusaciones formuladas en términos generales y sin descripciones concretas de la conducta de cada solicitante.

Argentina Eliminación

Sustracción parental de menores

Bloqueo temporal seguido de supresión. El cliente, ciudadano estadounidense, había sido detenido y arrestado en repetidas ocasiones. El CCF ordenó la supresión después de que la OCN argentina no cooperara y no facilitara la información necesaria para justificar la continuación del tratamiento.

Qatar Bloqueo

Artículo 3 (Política)

Se ha dictado una medida cautelar en un caso con múltiples demandantes derivado de un proceso judicial de gran repercusión mediática vinculado a una purga interna de mayor alcance. Las alegaciones presentaron indicios claros de carácter político que dan lugar a la aplicación del artículo 3.

China (República Popular China) Bloqueo

Artículo 3 (Religión)

Se ha ordenado una retención provisional. La «Red Notice» se dirigía contra un ciudadano chino residente en los Estados Unidos que había solicitado asilo, y en ella se le imputaban cargos como el de fraude, utilizados para perseguir el culto cristiano no registrado.

Nuestro enfoque

Construido con precisión

Los procedimientos ante el CCF exigen precisión, coherencia y un conocimiento profundo de las normas que rigen el tratamiento de datos de INTERPOL. En Otherside, nuestro trabajo se basa en cuatro principios.

01

Evaluación de casos

Analizamos la notificación roja y los procedimientos subyacentes para identificar los motivos más sólidos para su supresión con arreglo a las normas de INTERPOL. No todos los motivos son aplicables a todos los casos. La solidez de una solicitud depende de la selección de los argumentos adecuados y de su respaldo con las pruebas pertinentes.

02

Preparación de pruebas

Elaboramos un expediente claro y basado en pruebas que permite a la CCF verificar los hechos y evaluar la solicitud de manera eficiente. Las solicitudes mal organizadas o basadas en conjeturas ralentizan el procedimiento y debilitan el caso.

03

Precisión procesal

Garantizamos el estricto cumplimiento de los requisitos de procedimiento y los plazos establecidos en los Estatutos y el Reglamento de Funcionamiento del CCF, incluidos el formato y las condiciones de admisibilidad exigidas por el portal del CCF, los requisitos de presentación y los plazos de respuesta.

04

Alineación con las prácticas de la CCF

Estructuramos cada escrito de conformidad con la práctica decisoria y los patrones de razonamiento establecidos por la Sala de Primera Instancia. Es aquí donde nuestra experiencia institucional directa resulta fundamental. El hecho de saber cómo ha resuelto la Sala de Primera Instancia casos similares en el pasado nos permite formular los argumentos en términos que la Sala de Solicitudes reconoce y sobre los que puede actuar.

¿Por qué Otherside?

¿Por qué elegir Otherside para la eliminación de una notificación roja?

Otherside es un bufete de abogados especializado exclusivamente en INTERPOL con sede en Marsella, Francia. Cada expediente de notificación roja es gestionado directamente por un antiguo funcionario jurídico de la Comisión Central de Interpol con seis años de experiencia en la Comisión, con una estructura de honorarios transparente.

Antiguo responsable jurídico del CCF

Seis años como asesor jurídico en la Secretaría de la CCF: solicitudes de acceso, solicitudes de supresión, medidas provisionales y solicitudes de revisión. Conocimiento de primera mano sobre cómo se examinan, se evalúan y se resuelven las solicitudes.

Acerca del fundador

Enfoque exclusivo de INTERPOL

No nos dedicamos a la defensa penal general, ni a la extradición, ni a los asuntos sancionadores. Los asuntos relacionados con la INTERPOL y los procedimientos del CCF constituyen la única actividad de nuestro bufete. Todos nuestros recursos se centran en las normas y procedimientos que determinan el resultado.

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Ámbito internacional

Clientes representados en todo el mundo: Europa, Oriente Medio, América del Norte, Asia y África. Cuando se desarrollan procedimientos nacionales en paralelo, se coordina a los abogados locales, mientras que las comunicaciones con INTERPOL se mantienen centralizadas y coherentes.

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Tarifas transparentes

Consulta gratuita de 30 minutos siempre que el caso entre dentro de nuestro ámbito de actuación. Tarifa fija por el trabajo propiamente dicho, que se comunica por adelantado. Honorarios por resultados en las solicitudes de supresión, que solo se abonarán en caso de que la CCF suprima los datos.

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Colabore con Otherside

¿Es objeto de una notificación roja?

Otherside representa a particulares y empresas ante la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL, impugnando notificaciones rojas, difusiones y otros datos contenidos en los ficheros de INTERPOL. Se ofrece una consulta gratuita de 30 minutos a través de Zoom siempre que se cumplan los criterios de representación del bufete.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre la retirada de la notificación roja

¿Cuánto tiempo se tarda en retirar una notificación roja?

De conformidad con el artículo 40 de los Estatutos de la CCF, la Sala de Solicitudes dispone de nueve meses a partir de la fecha de admisión a trámite para resolver una solicitud de supresión. El plazo total desde la presentación hasta la resolución suele oscilar entre doce y quince meses, dependiendo de la rapidez con la que se declare la admisibilidad y de cómo se desarrollen los intercambios con la Oficina Central Nacional del país solicitante. En caso de urgencia, una solicitud de bloqueo temporal con arreglo al artículo 37 puede proporcionar protección provisional mientras se examina la solicitud principal.

¿Cómo puedo saber si se ha emitido una notificación roja en mi contra?

INTERPOL no notifica sistemáticamente a las personas cuando se emite una notificación roja contra ellas. Solo un pequeño número de notificaciones rojas se publica en el sitio web público de INTERPOL; la mayoría no se publica. La vía oficial para confirmar si INTERPOL tiene datos sobre usted en sus archivos es presentar una solicitud de acceso ante el CCF. La respuesta puede tardar varios meses y algunas partes de la misma pueden ser confidenciales, pero sigue siendo la única vía oficial para obtener dicha información.

¿Cuál es la diferencia entre la eliminación y el bloqueo temporal?

La supresión consiste en la eliminación definitiva de la notificación roja y de los datos relacionados del sistema de información de INTERPOL, ordenada por la Sala de Solicitudes al término del procedimiento. El bloqueo temporal es una medida provisional prevista en el artículo 37 del Estatuto del CCF que suspende el acceso a los datos y limita la cooperación policial mientras se examina la solicitud de supresión. El bloqueo se aplica cuando la Notificación Roja supone un riesgo inmediato de daño irreparable, como una extradición inminente, una detención en curso o un conflicto con la condición de refugiado.

¿Qué ocurre si se rechaza mi solicitud de eliminación?

Si la Sala de Primera Instancia desestima la solicitud de supresión, solo queda una vía: una solicitud de revisión con arreglo al artículo 42 del Estatuto de la Sala de Primera Instancia, que puede presentarse cuando haya salido a la luz un hecho que no se hubiera sometido a la Sala y que hubiera podido dar lugar a un resultado diferente. Cuando no exista tal hecho nuevo, cualquier impugnación posterior deberá basarse en acontecimientos posteriores y formularse como una nueva solicitud de supresión, y no como una revisión.

¿Se celebrará una audiencia ante la CCF?

No. El procedimiento del CCF es escrito. No hay vistas ni alegaciones orales. Todas las comunicaciones con la Sala y su Secretaría se realizan a través del portal del CCF, por lo que la redacción del escrito es determinante para el desarrollo de todo el caso.

¿Es público el procedimiento del CCF?

No. Los procedimientos ante el CCF son confidenciales. Las resoluciones se comunican al solicitante, pero no se hacen públicas de forma habitual. En el sitio web del CCF se publica un número limitado de resoluciones anonimizadas, normalmente aquellas que se consideran de valor jurisprudencial general; las recopilamos y analizamos en nuestra práctica sobre resoluciones del CCF. El resto permanece confidencial para las partes.