El Comité para el Tratamiento de Datos (CPD) -órgano permanente de la Asamblea General de INTERPOL- ha lanzado una segunda (y muy bien acogida) convocatoria de contribuciones de la sociedad civil como parte de su revisión en curso del Estatuto de la Comisión de Control de los Ficheros de INTERPOL (CCF).

Esto sigue a una primera consulta celebrada en abril de 2025, en la que se trataron dos temas fundamentales:

  • Tema 1: Procedimiento de examen de nuevas solicitudes
  • Tema 2: Derecho de acceso, rectificación y supresión de datos - Uso indebido de los procedimientos del CCF

La consulta actual, abierta hasta el 19 de octubre de 2025, invita a realizar aportaciones sobre tres temas adicionales relacionados con la estructura, la composición y las funciones de apoyo de la CCF. Se trata de cuestiones fundamentales de gobernanza con implicaciones a largo plazo para la credibilidad y la eficacia institucional de la Comisión.

Alcance de la consulta actual

La segunda consulta de la CPD invita a la sociedad civil a aportar contribuciones sobre tres áreas distintas del Estatuto de la CCF, cada una de ellas relativa a la arquitectura institucional y al funcionamiento funcional de la Comisión:

1. Recurso a expertos externos (artículo 22)

La CCF está actualmente autorizada, en virtud del artículo 22, a consultar a personas u organismos de reconocida experiencia.

La Comisión podrá confiar a cualquier persona u organismo de reconocida experiencia la tarea de proporcionar asesoramiento especializado, con sujeción a los requisitos y restricciones de confidencialidad.

Artículo 22: Expertos

El CPD está estudiando ahora la posibilidad de formalizar esta práctica mediante la creación de un grupo permanente de expertos disponibles para ayudar al CCF.

Como evaluación preliminar, el establecimiento de un mecanismo de este tipo parece bien fundado y debería ser apoyado. La asistencia podría prestarse adecuadamente durante las deliberaciones o mediante consultas escritas al margen de las sesiones oficiales, siempre que el marco garantice tanto la transparencia como la independencia institucional.

2. Selección de los miembros del CCF (artículos 8 y 9)

Los artículos 8 y 9 del Estatuto de la CCF regulan la composición y elección de la Comisión. Está compuesta por siete miembros, cada uno de los cuales debe cumplir individualmente las normas de alta consideración moral, imparcialidad e integridad, y poseer las cualificaciones adecuadas para el nombramiento a puestos de responsabilidad en sus respectivos ámbitos de competencia. Los miembros deben ser nacionales de distintos países miembros de INTERPOL y dominar al menos una de las lenguas de trabajo de la Organización. El Estatuto exige además conocimientos jurídicos y técnicos específicos en función de la cámara de que se trate: la Cámara de Solicitudes debe incluir juristas con experiencia en protección de datos, cooperación policial internacional, derecho penal internacional, derechos humanos y experiencia judicial o fiscal. La Sala de Supervisión y Asesoramiento incluye miembros con experiencia en protección de datos y tratamiento electrónico de datos.

La Comisión estará compuesta por siete miembros, elegidos entre personas de alta consideración moral, imparcialidad e integridad que posean las cualificaciones requeridas para el nombramiento en puestos de responsabilidad en su campo de especialización.

Artículo 8: Composición

El proceso se lleva a cabo de forma externa: los candidatos son propuestos por los países miembros de INTERPOL, preseleccionados por el Comité Ejecutivo y elegidos por la Asamblea General mediante votación secreta, por mayoría simple.

Aunque actualmente no se proponen enmiendas a los artículos 8 ó 9, la DPC está recabando la opinión de la sociedad civil sobre cómo mejorar la transparencia, la responsabilidad y la eficacia de este proceso de selección.

Mejorar la integridad y la visibilidad de los nombramientos para la Comisión representaría un avance institucional significativo. Las opciones pragmáticas podrían incluir la publicación de información básica sobre el calendario de nominación y elección, la puesta a disposición tanto de los países miembros como del público de los perfiles y cualificaciones de los candidatos antes de la votación y la aclaración de los criterios de evaluación utilizados por el Comité Ejecutivo a la hora de elaborar la lista de candidatos elegibles. Estas medidas aumentarían la transparencia y reforzarían la confianza en la independencia y profesionalidad de la Comisión.

3. Papel de la Secretaría del CCF (Artículo 15(3))

En virtud del apartado 3 del artículo 15 del Estatuto, la Secretaría tiene el mandato de asistir al CCF en el desempeño eficaz de sus funciones. En la práctica, esto incluye actuar como intermediario en todas las comunicaciones entre el CCF y las partes de un caso, es decir, el solicitante y la fuente de los datos. La DPC está estudiando ahora la posibilidad de codificar formalmente esta práctica en el Estatuto.

Aclarar esta función a nivel estatutario fomentaría la coherencia de los procedimientos y reforzaría el papel institucional de la Secretaría sin alterar la autonomía decisoria de la Comisión. En la práctica, la Secretaría ya desempeña un papel fundamental a la hora de facilitar la comunicación, y la codificación reflejaría las realidades operativas existentes.

Conclusión

Esta segunda consulta lanzada por el CPD presenta una oportunidad oportuna e importante para reforzar el marco institucional que rige el CCF. Aunque ninguno de los temas que se están examinando actualmente requiere un cambio estructural del mandato del CCF, cada uno de ellos plantea cuestiones de transparencia, funcionalidad y credibilidad a largo plazo. Apoyar reformas bien calibradas en estas áreas -compromiso de expertos, selección de miembros y claridad de procedimientos- puede reforzar la capacidad del CCF para desempeñar su función de supervisión con independencia, profesionalidad y legitimidad.

Los actores de la sociedad civil pueden contribuir aquí: https://www.interpol.int/Who-we-are/Legal-framework/Review-of-CCF-Statute-Call-for-Contributions